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"Nada podemos esperar sino de nosotros mismos"   SURda

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30-04-2012

 

 

 


 

 

 


Caso Perrini: perspectiva de condena resquebraja la omertà.

Careo confirma desmarque de Barneix

SURda

 

 


Samuel Blixen

El careo judicial entre cinco militares implicados en la muerte de Aldo Perrini en el cuartel de Colonia, en 1974, revela una fractura en el hasta ahora monolítico pacto de silencio entre terroristas de Estado. Quien se desmarcó fue el general Pedro Barneix, aquel que le mintió a Tabaré Vázquez sobre los enterramientos clandestinos. No sólo fue tenso, también fue insólito, revelador, inédito. El careo judicial que el miércoles enfrentó a cinco militares retirados ?los coroneles José Baudean, José Puigvert, Washington Perdomo, Ruben Bonjour y el general Pedro Barneix? que mantienen sustanciales contradicciones entre sí, dejó al descubierto hasta dónde la perspectiva de una condena resquebraja la estrategia de los terroristas de Estado de ampararse en el silencio y en la negativa, aun ante lo más evidente, para entorpecer la justicia que se empeña en descubrir la verdad de los crímenes cometidos durante la dictadura. Los cinco oficiales retirados enfrentan una circunstancia por cierto desgraciada para sus intereses: la existencia de documentos, de insospechado origen militar, que prueban su vinculación directa en el asesinato de Aldo Perrini, vecino de la ciudad de Carmelo, secuestrado en febrero de 1974 y muerto días después en el cuartel de Colonia, victima de indescriptibles y perversas torturas. En el cuadro de situación, Baudean, Barneix y Puigvert ocupan roles estelares: sometían a Perrini a un interrogatorio cuando el detenido "se desvaneció". Perdomo oficiaba de comandante de guardia y fue quien condujo a Perrini hasta el Hospital Militar, en Montevideo, aunque se presume ?uno de los tantos puntos oscuros que encubre la política de negativa sistemática? que el detenido ya había fallecido en el mismo cuartel. Bonjour era el juez sumariante que instruyó la investigación interna y tomó declaración a sus tres colegas horas después del asesinato. En los informes que elaboró el juez sumariante ?escuetos, prolijamente burocráticos y deliberadamente anodinos? se consigna la sorpresa de los tres interrogadores ante el "desvanecimiento" de Perrini, cuyo cuerpo era una masa informe de hematomas, y que, ¡cómo se le ocurre!, no sólo no torturaron sino que desconocían que en el cuartel se realizaran tales prácticas. La responsabilidad de Bonjour, más allá de que revistaba en una unidad donde la tortura, los vejámenes y las violaciones a detenidas eran sistemáticas, puede considerarse puntualmente tangencial, si no fuera porque al hoy general Barneix se le ocurrió negar lo que estaba escrito en los documentos, firmados de su propio puño y letra. Cuando la jueza Mariana Mota, que instruye el proceso, le recordó que lo que hoy negaba había sido admitido en 1974, Barneix no tuvo empacho en denunciar que Bonjour lo había obligado a firmar el acta con afirmaciones que no había reaIizado. No fue esa la única rectificación del general a quien, como una de sus últimas misiones antes de pasar a retiro, se le encomendó buscar, en la interna del Ejército, la información sobre el destino final de los desaparecidos, misión que, según cómo se mire, cumplió a cabalidad, es decir, elevó a sus superiores, el comandante del Ejército y el presidente de la República, información que se demostró totalmente falsa. A diferencia de sus colegas, quienes ante las requisitorias judiciales se muestran en extremo parcos y desmemoriados, el general Barneix demostró tener memoria para reconstruir los detalles de aquel 3 de marzo de 1974. Admitió ante la jueza Mota haber estado en la sala de interrogatorios con Perrini pero sólo algunos instantes porque inmediatamente se retiró, de modo que dice no haber estado presente cuando el detenido "se desvaneció". Por el contrario, Baudean y Puigvert confirmaron en sus declaraciones en el Juzgado Penal de Séptimo Turno lo que antes habían afirmado ante el juez sumariante, y ratificaron que Barneix permaneció con ellos mientras duró el interrogatorio. En este sentido Barneix lleva las de perder, porque no sólo hay tres testimonios coincidentes sino que además esa coincidencia está avalada por la documentación. Barneix además contradijo sus afirmaciones iniciales, al explicar cómo se hizo presente en la sala de interrogatorios. Dijo que había sido convocado expresamente por Baudean, pero éste había afirmado lo opuesto, es decir, que fue Barneix quien lo invitó para interrogar a Perrini. Y también rectificó una afirmación de Baudean de 1974, según la cual Barneix intervino para asistir a Perrini cuando éste se "desvaneció". El ahora general sostuvo ante la jueza que sí intervino, pero para impedir que Baudean continuara interrogando al detenido. Todas esas marchas y contramarchas impulsaron a la jueza Mota y a la fiscal Ana Tellechea a promover un careo múltiple. Si el objetivo era eliminar contradicciones, el esfuerzo fue inútil. Por el contrario, si lo que se pretendía era obtener nuevos elementos de juicio, la confrontación resultó fructífera. Según pudo saber Brecha, sólo en un aspecto los cinco indagados ?pero en especial Baudean, Barneix y Puigvert? fueron coincidentes: en ningún momento torturaron al detenido. Y esa coincidencia, que se explica por razones obvias, hace que resulte determinante la autopsia histórica que la jueza solicitó a la Facultad de Medicina. De hecho, la autopsia realizada por el doctor Mautone en el Hospital Militar al día siguiente del fallecimiento implícitamente admite las causas de la muerte al confirmar los múltiples hematomas que exhibía el cuerpo, que sólo se explican por las torturas. Por lo demás, el careo se transformó en una confrontación de Barneix con el resto de sus ex colegas. El general se mantuvo en sus trece: acusó al coronel Bonjour­ de haberle ordenado que firmara un acta con declaraciones que no había realizado. Bonjour­ replicó que no era cierto y que nunca había ejercido tales presiones; por el contrario, dijo que en sus actas como juez sumariante había consignado exactamente lo que le habían declarado. Cuando Barneix insistió en su versión de que se había retirado de la sala de interrogatorios antes de la pérdida de conocimiento de Perrini (lo que intenta ubicarlo como quien dice fuera de la escena del crimen), el coronel Baudean lo calificó despectivamente de mentiroso, como si la mentira fuera un recurso habitual en el general. Fuentes vinculadas a organizaciones de derechos humanos sostienen que las contradicciones y negaciones que se verifican en este proceso judicial se explican precisamente por la existencia, excepcional, de un documento interno del Ejército, que acota el margen de maniobra de los implicados. Pero también es excepcional que un oficial, y de la jerarquía de un general, funde su defensa acusando a un colega. En ese sentido ?y en especial porque se presume que los elementos de juicio existentes, más el resultado de la autopsia histórica que llegaría al juzgado a comienzos de mayo, no se debilitan, al contrario, se potencian por las contradicciones de los careos? se sospecha que entre el general Barneix y el coronel Baudean existe un contencioso que viene de muy atrás y que ahora se expresa en un ajuste de cuentas. Las mismas fuentes consultadas subrayaron el detalle de que el abogado de Barneix es el ex juez penal Ruben Eguiluz, mientras que los otros oficiales están representados por tres abogadas que se reiteran en múltiples defensas de militares acusados de delitos de lesa humanidad: las hijas de los procesados José Gavazzo y Ricardo Arab y la doctora Graciela Figueredo, que asiste en varios casos al abogado Miguel Langón, erigido en una especie de juez de jueces. La exclusión de Barneix del equipo de abogados de confianza de los militares presos en la cárcel de Domingo Arena sería una señal de la desaprobación de la conducta de Barneix por parte de los que mantienen a rajatabla la ley de la omertà. Es posible que la dotación de presos en Domingo Arena se incremente con el aporte del caso Perrini (y en ese sentido, fuentes judiciales aseguran que son inminentes los procesamientos); más improbable es que se llegue a saber los detalles de la historia íntima de ese cuerpo selecto de represores que operaron, aquí y en Argentina, durante toda una década, cometiendo todo el abanico de crímenes.

BRECHA | POLITICA | Pág. 9 | 27/04/2012

Hacia el desenlace jurídico. Inminente procesamiento de tres militares por caso Gelós Bonilla. Hacia el desenlace jurídico.

Moraes, Tucci y Techera, ex funcionarios del Batallón de Ingenieros de Laguna del Sauce, declararon en sede penal y quedaron a la espera del fallo. El expediente enfrentará nuevamente a la jueza Mota con los tribunales por la figura de desaparición forzada y la calificación de crimen de lesa humanidad. La SCJ deberá resolver el dilema jurídico que puede dejar a Uruguay en consonancia con la jurisprudencia internacional o someter al Estado a un nuevo juicio ante al Corte Interamericana. La sede penal de séptimo turno interrogó por última vez en la investigación presumarial -etapa previa al eventual dictado de procesamientos- a tres de los cinco militares sobre los que pesa un pedido de encarcelamiento por la de­saparición forzada en 1976 del edil frenteamplista de Maldonado, Horacio Gelós Bonilla. Tras cumplirse, el miércoles 18, con esta "audiencia ratificatoria" -en la que los indagados ratifican o no sus declaraciones en el expediente-, resulta inminente el dictado de procesamientos para el teniente coronel Aquiles Moraes, jefe del Batallón de Ingenieros N° 4 de Laguna del Sauce, y los mayores Juan Tucci Sebastiani y Julio Techera Sánchez, de acuerdo a fuentes cercanas a la investigación consultadas por Brecha. Si bien la Fiscalía había solicitado también, en agosto de 2011, el enjuiciamiento para el capitán Eduardo Giordano DAmato y el médico José Luis Braga Rosado, estos integrantes del cuartel en el que la víctima padeció la tortura y la desaparición, aparecen en principio con menos posibilidades de ser encarcelados en los próximos días. Se mantiene el pedido de captura internacional para el entonces teniente Dardo Barrios Hernández, quien estaba a cargo de los interrogatorios en la unidad militar de Maldonado. Para la fiscal Ana María Tellechea se ha probado que Gelós Bonilla fue apresado, el 2 de enero de 1976, en la plaza de Maldonado y conducido en un automóvil de un militar que trabajaba en el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (ocoa). Luego, por las declaraciones de varias víctimas que lograron sobrevivir a aquellos tormentos, e incluso la confesión de algunos militares subalternos sobre las instancias de torturas que tenían lugar en el batallón, se logró comprobar los padecimientos de Gelós Bonilla a manos de los represores, los que determinaron su desaparición forzada. Es un hecho que al momento de decidir la situación judicial de los indagados y optar por los procesamientos, la jueza Mariana Mota se mantendrá en su tesitura de emplear la ley 18.026 (crímenes de lesa humanidad) para aplicar la figura de desaparición forzada, tal como ordena la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia contra el Estado uruguayo. Por cuanto, llegado el momento, si la magistrada procesa por tal delito a los militares involucrados, su fallo será revisado por un tribunal de apelaciones y luego subirá a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que finalmente adoptará una decisión firme respecto de la aplicación de la figura y de la calificación del ilícito como crimen de lesa humanidad o como delito común. El caso se perfila como uno de los que marcarán un antes y un después en la jurisprudencia, puesto que el máximo órgano judicial no puede demorar más un pronunciamiento en uno u otro sentido. La visión conservadora de los tribunales penales de primer y tercer turno ha llevado al cambio de carátula en algunos casos en que se había aplicado la figura de desaparición forzada. Los ministros sostuvieron, entre otros aspectos, que no se podía emplear la ley de crímenes contra la humanidad porque había sido aprobada en 2006 y el delito, al que consideraron homicidio en vez de desaparición forzada, se había cometido mucho antes, en 1976. Alegaron que de lo contrario se estaría violando el principio de no retroactividad de la ley penal. La Corte Interamericana decretó de manera específica que no se podía hacer valer este principio ni otros que obstaculizaran los procesos. Y argumentó que los casos de desaparición forzada constituyen crímenes de lesa humanidad, por tanto permanentes -se siguen cometiendo aún hoy, pues el cuerpo no ha aparecido- e imprescriptibles: pueden ser perseguidos por la justicia sin límites de tiempo. La SCJ tiene que optar entre aplicar la visión conservadora y por tanto de­soír a la Corte Interamericana -lo que le valdría un nuevo juicio internacional y la segura renovación de la condena contra el Estado uruguayo- o mirase en el espejo de la jurisprudencia regional e internacional y de las convenciones de derechos humanos que desde hace varios años se aplican en otros países para situaciones análogas a las que ocurrieron durante el terrorismo de Estado y que ahora se investigan en Uruguay. "El que de cualquier manera y por cualquier motivo, siendo agente del Estado o sin serlo contando con la autorización, apoyo o aquiescencia de uno o más agentes del Estado, procediere a privar de libertad a una persona, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o el paradero o la suerte de la persona privada de libertad; o que omita y se niegue a brindar información sobre el hecho de la privación de libertad de una persona desaparecida, su paradero o suerte, será castigado con dos a veinticinco años de penitenciaría", describe la ley al referirse a la desaparición forzada de personas. La fiscalía y la sede penal de séptimo turno entienden que eso fue lo que pasó en los casos en que aún no se sabe el paradero de la víctima. Pero la última palabra -al menos en el ámbito nacional- será de la SCJ.

Fuente: www.brecha.com.uy


 
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